Asociarse

Las agencias interesadas en pertenecer a la Unión Guatemalteca de Agencias de Publicidad, UGAP; deberán presentar a la Junta Directiva los siguientes documentos: 

a) Solicitud escrita conteniendo la información general establecida en el reglamento interno de Unión Guatemalteca de Agencias de Publicidad, UGAP.(Formato de solicitud)

b) Carta de apadrinamiento por dos asociados actuales. 
(Ver sección de socios)

Adjunto a lo anterior deberán cumplir con los siguientes requisitos: 

a) Comprobar que la agencia ha operado en el medio publicitario de Guatemala por un plazo mínimo de dos años. Esta restricción podrá ser dispensada por la Junta Directiva únicamente en circunstancias excepcionales y para ello deberá obtener el voto favorable de cinco de los siete miembros de la Junta. (Presentar Patente de Comercio)

b) Constancia de Solvencia de parte de tres de los principales medios de comunicación del país (Televisión, radio y prensa). 
             a. Dato de facturación total del año anterior a la solicitud


LIMITACIONES: 

a) Ninguna Agencia puede ser elegible a menos que quienes ejercen el control operativo de la misma sean empleados de dicha Agencia. 

b) Ninguna Agencia puede ser elegible si es controlada u operada por o por cuenta de, o es propiedad de uno o más anunciantes. 

c) Cuando alguna agencia es socia de un medio de comunicación y/o algún proveedor, es necesario que dicha relación sea revelada con anterioridad a la Unión Guatemalteca de Agencias de Publicidad, UGAP.

d) Las agencias aplicantes deberán revelar toda la información necesaria para determinar su posición con relación a la propiedad, administración e intereses de la misma. Asimismo deberán acceder a informar a la Unión Guatemalteca de Agencias de Publicidad, UGAP de cualquier cambio relacionado a los requisitos previos.
 

PROCESO DE APLICACION

Una vez recibida la solicitud (enviar documentos en sobre cerrado con atención a "Junta Directiva" a las oficinas de UGAP 13 calle 3-40 zona 10 Edificio Atlantis 3er nivel local 45. Telefonos: 367-2301 al 3) será anunciada a los asociados dentro de un plazo de quince días computados a partir de la fecha de su presentación.

En este período los asociados podrán presentar a la Junta Directiva las objeciones u oposiciones de su parte, en forma razonada, para que sean consideradas por la Junta Directiva.

De existir oposición por parte de algún socio, la Junta Directiva analizará el caso y, en un plazo no mayor a los treinta días de haber sido presentada la solicitud, resolverá en forma razonada sobre la aceptación o rechazo de la misma, la cual será comunicada por escrito al solicitante.

La Agencia cuya solicitud hubiere sido denegada podrá presentar nueva solicitud de ingreso después de transcurrido un año a partir de la denegatoria.  

 

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